Las Cámaras de Comercio como entidades privadas sin ánimo de lucro, que cumplen funciones públicas en el marco de la descentralización por colaboración, hacen parte del grupo de sujetos obligados no tradicionales de la Ley 1712 de 2014 de Transparencia y Acceso a la información Pública. En tal sentido, no están obligadas a publicar un plan de rendición de cuentas, ya que de acuerdo con lo previsto por el artículo 73 de la Ley 1474 de 2011, éste sólo aplica para entidades del Estado.
Las Cámaras de Comercio como entidades privadas sin ánimo de lucro, que cumplen funciones públicas en el marco de la descentralización por colaboración, hacen parte del grupo de sujetos obligados no tradicionales de la Ley 1712 de 2014 de Transparencia y Acceso a la información Pública. En tal sentido, no están obligadas a adoptar una política anti trámites, ya que de acuerdo con lo previsto por el artículo 75 de la Ley 1474 de 2011, éste sólo aplica para entidades públicas del Orden Nacional. De igual forma la CCC tienen establecido en nuestro sistema de gestión de calidad tiempos de respuesta mas cortos a los establecidos por la legislación nacional. Se tienen habilitados la mayoría de tramites de forma virtual o en lineal.
Las cámaras de comercio son entidades privadas con la función registral delegada por el estado, la participación en políticas internas es responsabilidad de la junta directiva, la cual esta conformado por elección entre los afiliados de las cámaras de comercio.