El procedimiento de recuperación empresarial se realizará conforme a lo establecido en el Decreto Legislativo 560 de 2020, el Decreto 842 de 2020 y, en particular, se sujetará a lo siguiente: 1. Presentación de la solicitud:
El deudor empresario acudirá a la Cámara de Comercio de su domicilio y presentará la solicitud de mediación. La solicitud deberá estar acompañada de:
Las solicitudes podrán ser radicadas al correo electrónico: [email protected], A través de este correo se recibirá documentación con peso no superior a 15 MB. Los documentos más pesados se recibirán por otro mecanismo como “onedrive” o wetransfer”.
Si el usuario requiere asesoría para la radicación, podrá comunicarse al correo electrónico señalado o al celular:
313 228 3762.