Camara de Comercio de Casanare

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Ley 1727 de 2014

Depuración Ley 1727 de 2014

Según lo establece la Ley 1727 de 2014 en su artículo 31, las Cámaras de Comercio deberán realizar una depuración anual de los comerciantes y empresarios que no hayan cumplido con deber legal de renovar la matricula mercantil dentro de los últimos cinco (5) años según lo establece el artículo 33 del Código de Comercio.

Señor Empresario o Comerciante, usted como persona natural, su establecimiento, sucursal, agencia o la empresa que usted representa está en riesgo de ser depurada sino ha realizado el proceso de renovación en los últimos 4 años, es decir desde 2019 a 2022.

Por lo anterior, en caso de no realizar la renovación dentro del plazo establecido para el año 2023, se deberá depurar de conformidad con lo establecido en la Ley 1727 de 2014 y cancelar de forma definitiva la matrícula mercantil de establecimientos, sucursales, agencias y personas naturales y proceder a dejar en disolución y estado de liquidación las sociedades y entidades sin ánimo de lucro no renovadas durante los últimos 5 años(incluido el año 2023).

Lo invitamos a renovar la matrícula y evitar la depuración de su registro, trámite que puede realizar desde la comodidad de su empresa a través de la página web www.cccasanare.co, servicios en línea o a través del contact center en las líneas: 3102787171 – 3203765960 – 3232761207 – 310288356? – 3125028511 – 3102883530 – 3143537634 – 3102883631 – 3143557841 – 3213997609 – 3213991421.

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